Según Variety, la demanda presentada contra los miembros supervivientes de NIRVANA, así como a los herederos de Kurt Cobain por el hombre que afirma ser el bebé que aparece en la portada del álbum "Nevermind" de la banda, ha sido desestimada.
En agosto pasado, Spencer Elden presentó la demanda, alegando que la foto del bebé alcanzando un dólar en una piscina violaba los estatutos federales de pornografía infantil y alegaba explotación sexual infantil. También afirmó que la imagen de la portada fue tomada y utilizada sin su consentimiento.
El lunes (3 de enero), el juez Fernando M. Olguin, quien presidía el caso en el Tribunal de Distrito de los EE. UU. En California Central, desestimó el caso después de que Elden no cumpliera con su fecha límite del 30 de diciembre para presentar una oposición a la moción de desestimación de los acusados. El caso se hizo "con permiso para enmendar", lo que significa que Elden tendrá una oportunidad más de emitir una segunda queja enmendada con una nueva fecha límite el 13 de enero. Si no lo hace, la demanda será desestimada sin prejuicio (lo que significa otra demanda podría archivarse en el futuro). Si Elden vuelve a presentar la demanda antes del 13 de enero, los abogados de los acusados tendrán dos semanas más para presentar una respuesta a la nueva demanda.
"Se advierte al demandante que si no se presenta a tiempo una Segunda Demanda Enmendada, esta acción será desestimada sin perjuicio de la falta de procesamiento y / o el incumplimiento de una orden judicial", indicó el fallo.
En la moción del mes pasado para desestimar, NIRVANA, así como la viuda de Kurt Cobain, Courtney Love, habían pedido al tribunal que desestimara la demanda, diciendo que la afirmación de Elden de que la fotografía de la portada de "Nevermind" es pornografía infantil "no es seria" y insistiendo en que su reclamo está "excluido por el estatuto de limitaciones aplicable". La ley federal de pornografía infantil tiene un estatuto de limitaciones de 10 años, comenzando cuando una víctima "descubre razonablemente" la violación en sí misma o el daño causado por ella.
"Elden ha pasado tres décadas aprovechándose de su celebridad como el autoproclamado 'Nirvana Baby'", decía la moción que se presentó el 22 de diciembre. "Ha recreado la fotografía a cambio de una tarifa, muchas veces; ha tenido la el título del álbum 'Nevermind' tatuado en su pecho; ha aparecido en un programa de entrevistas con un mono de color desnudo que se parodia a sí mismo; ha autografiado copias de la portada del álbum para la venta en eBay; y ha utilizado la conexión para conquistar mujeres.
La moción agregó: "La afirmación de Elden de que la fotografía de la portada del álbum 'Nevermind' es 'pornografía infantil' no es, a primera vista, seria. Un breve examen de la fotografía o la propia conducta de Elden (sin mencionar la presencia de la fotografía en los hogares de millones de estadounidenses que, según la teoría de Elden, son culpables de un delito grave de posesión de pornografía infantil) lo deja claro.
"La fotografía de portada de 'Nevermind' fue tomada en 1991. Fue mundialmente famosa a más tardar en 1992. Mucho antes de 2011, como Elden ha dicho, Elden sabía de la fotografía y sabía que él (y no otra persona) era el bebé en la fotografía. Él ha sido plenamente consciente de los hechos tanto de la supuesta 'violación' como de la 'lesión' durante décadas ".
La moción continuó diciendo: "Además de su reclamo de pornografía infantil, Elden ha alegado que la creación de la fotografía para la portada del álbum implicó el tráfico sexual de Elden cuando era un bebé. Dejando de lado que esta premisa es absurda, el estatuto que Elden invoca para cubrir la conducta en 1991, entró en vigencia el 19 de diciembre de 2003 y no tiene una aplicación retroactiva para la conducta de un acusado anterior a su fecha de vigencia ".
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